La Corte Constitucional de Colombia emitió un fallo de gran relevancia en la Sentencia T-525 de 2024, en la que protegió los derechos fundamentales a la salud, vida digna y petición de dos mujeres en situación de vulnerabilidad: Clara y su madre Amanda. La decisión denota la obligación del Estado y las Entidades Promotoras de Salud (EPS) de garantizar el acceso a servicios de cuidado cuando la familia del paciente no tiene la capacidad de asumir esta responsabilidad sin afectar su propia salud y bienestar.
El proceso fue iniciado por Clara, quien en nombre propio y como agente oficiosa de su madre Amanda, presentó una acción de tutela contra el Ministerio de Salud y Protección Social, la Secretaría de Salud de Azul, la Personería de Azul y la Superintendencia Nacional de Salud. Clara denunció la vulneración de sus derechos y los de su madre, argumentando que la EPS Uno negó injustificadamente la asignación de un cuidador para Amanda, obligándola a asumir ese rol en condiciones que afectaron gravemente su salud mental y física.
Amanda, de 85 años, padece múltiples discapacidades y enfermedades crónicas como osteoporosis, Alzheimer, parkinsonismo y demencia, lo que la hace completamente dependiente. Clara, por su parte, tiene 48 años y enfrenta una serie de condiciones de salud mental y física, incluyendo fibromialgia, epilepsia y trastorno límite de la personalidad, lo que la ha llevado incluso a tener ideaciones suicidas. A pesar de esta situación, la EPS y las entidades estatales no garantizaron la asistencia que requería su madre, lo que generó una sobrecarga desproporcionada en Clara.
Negligencia estatal y vulneración de derechos
La Sala Séptima de Revisión de la Corte Constitucional encontró que la negativa de la EPS a proporcionar un cuidador no solo afectó el acceso de Amanda a la atención en salud que requería, sino que además impuso a Clara una carga extrema e injustificada. En su análisis, la Corte resaltó que la entidad violó el derecho de petición de Clara al no responder de manera clara y oportuna sus solicitudes y postergar indefinidamente la decisión sobre la pertinencia del servicio de cuidador.
Tomado de: https://consultorsalud.com/corte-ordena-eps-garantizar-cuidador-pacientes/
Para mayor información haga clic en el siguiente enlace: https://consultorsalud.com/corte-ordena-eps-garantizar-cuidador-pacientes/