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Caracterización de cuidadores de personas con discapacidad, próxima meta de Minsalud

El Ministerio de Salud presentó las condiciones sobre las que operaría el registro de caracterización de cuidadores o asistentes personales de personas con discapacidad. Este ajuste estaría enmarcado en la Resolución 1197 de 2024, normativa que regula el procedimiento para la certificación de discapacidad y el registro de personas con discapacidad, estableciendo mecanismos de atención preferencial y ajustes razonables.

Para complementarla, se ha avanzado en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, que incluye también información sobre cuidadores o asistentes personales. Este registro permite mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad y sus cuidadores, facilitando su acceso a programas sociales del Estado y abordando sus necesidades desde un enfoque integral y biopsicosocial.

De acuerdo con el documento preliminar, la caracterización sería un requisito obligatorio para los cuidadores o asistentes personales de personas con discapacidad, así como a las entidades nacionales, las secretarías de salud departamentales, distritales y municipales, o las entidades que asuman sus funciones. Vale la pena señalar que, el proceso de registro será completamente gratuito.

¿Quiénes podrán certificarse como cuidadores de personas con discapacidad?

Para que los cuidadores o asistentes personales puedan ser inscritos, tendrán que demostrar el cumplimiento de los siguientes requisitos:

Respecto de los niños, niñas y adolescentes, el cuidado o asistencia personal estará a cargo de su representante legal, y deberán presentar los documentos que acrediten esta relación.

La persona que reciba cuidado o asistencia personal tendrá que estar inscrita en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad. La secretaría de salud municipal o distrital, o la entidad correspondiente, verificará este registro antes de proceder con la inscripción.

El cuidador y/o asistente personal debe acreditar la mayoría de edad mediante la presentación de su documento de identidad.

Tomado de: https://consultorsalud.com/caracteriz-cuidadores-discapacidad-minsalud-pr/

Para mayor información haga clic en el siguiente enlace: Para mayor información haga clic en el siguiente enlace: https://consultorsalud.com/caracteriz-cuidadores-discapacidad-minsalud-pr/

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